Coberturas | Monto Asegurado |
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Pérdida total, robo o hurto, daños materiales a consecuencia de huelga, terrorismo, actos maliciosos, riesgos de la naturaleza |
Valor Comercial Tope UF 110 ($3.257.877) |
Responsabilida Civil Lucro Cesante Daño Moral Daño Emergente |
UF 200 UF 200 UF 200 |
Prima Mensual UF | 0,36 |
Prima Mensual (Pesos) | $ 10.662 |
Pérdida total: Daño o pérdida del vehículo que alcanza a lo menos a las tres cuartas partes de su valor comercial.
Robo o hurto: Robo, hurto o uso no autorizado del vehículo asegurado
Daños materiales a consecuencia de huelga y terrorismo
Daños materiales a consecuencia de actos maliciosos
Daños materiales a consecuencia de riesgos de la naturaleza, que tengan por origen o fueran una consecuencia de erupción volcánica, salida de mar de origen no sísmico, inundación, avalancha o deslizamiento de tierra, huracán o ciclón.
Daños materiales a consecuencia de granizo
Daños materiales a consecuencia de sismo
También cubre Responsabilidad Civil:El seguro de responsabilidad civil actúa cuando chocas a un tercero y existen tres tipos de pagos dentro de esta cobertura:
Daños emergentes, asociados a lo material y a lesiones o fallecimiento de alguna persona.
Daños morales, que se dan cuando el tercero sufre daños psicológicos.
Y por último, por el lucro cesante, que se aplica en caso que esta persona pierda su herramienta de trabajo producto del accidente y no pueda generar ingresos.
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No se pagará indemnización por los daños sufridos por el vehículo asegurado o causados por éste en las siguientes situaciones:
1) Los siniestros ocasionados por el/la cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes por consanguinidad o afinidad hasta el 2º grado o trabajadores dependientes del asegurado, como consecuencia del uso no autorizado del vehículo.
2) Si el vehículo está siendo destinado a un fin diferente al declarado al contratar el seguro.
3) Participación en apuestas, desafíos, carreras o concursos de cualquier naturaleza o en las pruebas preparatorias para tales eventos o cuando el vehículo sea modificado en su cilindrada o potencia.
4) Conducción bajo la influencia de cualquier droga que produzca efectos. Desinhibidores, alucinógenos o somníferos.
5) Conducción en estado de ebriedad
6) Cuando su conductor ha huido o abandonado el lugar del accidente.
7) Cuando el siniestro que origine los daños o pérdidas haga responsable de delito al asegurado o al conductor.
8) Los siniestros ocurridos a consecuencia de la modificación de piezas o partes del vehículo asegurado
Exclusiones aplicables a la cobertura de responsabilidad civil:
1) Daños o lesiones, incluyendo muerte, causados a o por las personas, animales o cosas transportadas o remolcadas en el vehículo asegurado.
2) Responsabilidad contractual.
3) Daños a puentes, básculas, viaductos, carreteras y a todo lo que pueda existir bajo los mismos, debidos al peso del vehículo, de sus acoplados o de la carga transportada.
4) Daños a los bienes de las personas que dependen del asegurado, de su cónyuge o conviviente civil, de sus ascendientes, sus descendientes, o parientes por consanguinidad o afinidad hasta el 2° grado, así como toda persona que viva bajo el mismo techo con el asegurado.
5) Daños a cosas confiadas al asegurado para que las controle, custodie, vigile, transporte, arrastre o remolque y, en general, las que tenga bajo cualquier título que produzca la obligación de restituirlas o devolverlas.
6) Responsabilidad proveniente de perjuicios indirectos.
7) Responsabilidad proveniente del robo, hurto o uso no autorizado
Asistencia Vehicular
Detalle de Atenciones | Tope por Evento |
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Remolque o grúa. | UF 10 Max 2 eventos |
Envío de 5 litros de bencina o petróleo | UF 2 (Ilimitado) |
Puesta en marcha (paso de corriente) | UF 2 (Ilimitado) |
Mecánica ligera: Incluye cambio de neumáticos, apertura de las puertas del vehículos, problemas de encendido, fallas eléctricas, etc |
UF 2 (Ilimitado) |
Chequeo preventivo: revisión y chequeo del estado de luces, neumáticos, niveles de todos los fluidos, sistema de limpiaparabrisas, sistema de frenado, amortiguación, sistema de escape, accesorios obligatorios y documentación. |
UF 2 Máximo 1 evento |
Orientación legal telefónica | Ilimitado |
1.- En caso de siniestro de pérdida total por daños al vehículo o por robo, hurto o uso no autorizado, el conductor y/o asegurado, deberá:
a.- tomar las providencias del caso para el debido resguardo del vehículo y de sus accesorios.
b.- en caso de robo, hurto o uso no autorizado, efectuar la denuncia inmediata de los hechos en la unidad policial más cercana al lugar del accidente, salvo en caso de imposibilidad física debidamente justificada.
c.- dar aviso a la compañía tan pronto sea posible una vez tomado conocimiento y a más tardar dentro de los 10 días corridos siguientes a la fecha del accidente.
2.- En caso de siniestro de responsabilidad civil:
a.- el asegurado deberá dar aviso a la aseguradora dentro de los 10 días corridos siguientes de haber tomado conocimiento del hecho.
b.- poner en el más breve plazo en conocimiento del asegurador de todos los avisos, citaciones, notificaciones, demandas, denuncias, querellas y en general cualquier comunicación que reciba en relación con el accidente, salvo fuerza mayor debidamente justificada.
En todos los casos aquí enumerados, el asegurado deberá acreditar el interés asegurable que lo constituye en económicamente interesado en la conservación del vehículo asegurado. Dar aviso a la compañía llamando al 600 6000 292 desde números fijo y al 2 26799700 desde celulares de lunes a jueves de 08:30 horas a 19:00 horas, y viernes de 08:30 horas a 17:00 horas o a traves del formulario de denuncio de siniestros disponible en todas las tiendas Corona a lo largo del país.
Para hacer uso de la asistencia debe llamar al: 2 2462 7125 duranete 24 horas del dia y de addiuva chile le ccordinara el servicio solictado.