Coberturas | Monto Asegurado Incendio contenido |
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Protección contra incendio, contra disturbios y desordenes populares, riesgos de la naturaleza, daños internos, contra daños de terceros | UF 250 en contenido ($8.247.750) UF 500 en edificio ($16.549.500) |
Prima Mensual UF | 0,2628 |
Prima Mensual $ | $ 9.284 |
Incendio: Son los daños del edificio y contenido causados por la acción directa o indirecta de un incendio.
Desordenes populares: Son las pérdidas del bien a consecuencia directa de huelga, saqueo o desorden popular.
Riesgos de naturaleza: Son las pérdidas o daños al contenido del inmueble causados por salida de mar de cualquier origen, maremoto, inundación y desbordamiento de cauces; avalanchas, aluviones y deslizamientos; peso de nieve o hielo, viento; erupción volcánica, huracán, ciclón, tornado u cualquiera otra convulsión de la naturaleza o perturbación atmosférica.
Protección por daños internos: Son las pérdidas o dañosdel inmueble asegurado y su contenido causados por agua proveniente de rotura de cañerías, desagües o desbordamiento de estanques matrices, daños causados por explosión, sea o no seguida de incendio.
Protección contra daños de terceros: Daños ocasionados al inmueble asegurado y su contenido por caída o choque de aeronaves o vehículos motorizados
Otros: Daños materiales al inmueble asegurado y su contenido causados por el hundimiento o desplome ocasionado de los sistemas de apoyo o de sustentación, a causa de excavaciones, hundimiento de terrenos o derrumbes.
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a.- Daños de la vivienda que hayan sido efectuados en forma deliberada por el asegurado o el beneficiario, ya sea directa o indirectamente.
b.- Daños materiales que directa o indirectamente tuvieren por origen o fueren consecuencia de guerra; invasión; actos de enemigos extranjeros; hostilidades u operaciones bélicas, sea que haya habido o no declaración de guerra; guerra civil, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín o hechos que las leyes califican como delitos contra la seguridad del estado.
c.- Daños que sufra la vivienda a consecuencia de:1.- los vehículos motorizados terrestres, aéreos o marítimos, incluyendo sus accesorios o remolques. 2.- los efectos de comercio, tales como dinero, cheques, bonos, acciones, letras y pagarés. 3.- los animales terrestres, aves o peces. 4.- viviendas y sus contenidos, ubicadas en zonas rurales.
d.- Objetos robados o hurtados durante o después del incendio.
Asistencia Hogar por emergencia
Detalle de Atenciones | Tope por Evento |
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Plomería | Tope UF 3 Máximo 2 eventos al año |
Electricidad | |
Cerrajería | |
Vidriería | |
Instalación de Cuadros | Tope UF 2 Maximo 1 evento a elección entre los 3 servicios |
Instalación de Cortinas | |
Instalación de Enchufes e Interruptores |
Dar aviso de inmediato a carabineros o a la fiscalía del ministerio público correspondiente al lugar de los hechos, bajo sanción de perder el derecho a ser indemnizado, a menos que acredite fuerza mayor o caso fortuito.
Tomar todas las medidas razonablemente necesarias para evitar o aminorar la pérdida.
Otorgar a la compañía y liquidador las facilidades para inspeccionar e ingresar a la propiedad asegurada, proporcionándoles la documentación pertinente que permita determinar el monto efectivo de la pérdida y la responsabilidad del asegurado en el siniestro.
Dar aviso a la compañía dentro de los primeros 10 días corridos llamando al 600 6000 292 desde números fijo y al 2 26799700 desde celulares de lunes a jueves de 08:30 horas a 19:00 horas, y viernes de 08:30 horas a 17:00 horas o a traves del formulario de denuncio de siniestros disponible en todas las tiendas corona a lo largo del país.
Para hacer uso de la asistencia debe llamar al: 2 2462 7125 duranete 24 horas del dia y de addiuva chile le ccordinara el servicio solictado.